El viernes 20 de junio pasado, se publica en el Diario Oficial, el Decreto 281/2008, que habilita la posibilidad de desafiliarse de las AFAPs.
A partir de su publicación se disponen de 90 (noventa) días para que los trabajadores mayores de 52 años a abril de 2008, se presenten ante el Banco Central de Uruguay (BCU).
Sin perjuicio de este decreto, en los próximos días se publicará otro, para que los trabajadores se puedan presentar en el Instituto de Seguridad Social (BPS) y también habrá 90 días para presentarse en este organismo, naturalmente a partir de la publicación en el Diario Oficial, como es de orden.

Se demostró, en esta instancia también , que los trabajadores teníamos razón, por considerar el Art. 195 de la Constitución no se estaba cumpliendo en toda su extensión -, que la Seguridad Social en el Uruguay es y debe ser organizada por el BPS.

Se deja constancia asimismo, que los petitorios que los trabajadores firmaron en todo el país y fueron presentados en el MTSS y los que lo hicieron ante el BPS o ante esta Representación de los Trabajadores, hasta ahora no fueron contemplados y deberán solicitar su desafiliación de las AFAPs, tanto en el BCU a partir del 20 de junio, como - cuando se publique el segundo decreto -, en el BPS.

Esperamos que el P. Ejecutivo responda

Palabras clave: Afaps, BPS, ERT, Ley 16.713

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