MODIFICACIONES EN LAS PASIVIDADESÂ Y EL SEGURO POR DESEMPLEO
Como producto el Diálogo Social en Seguridad Social - iniciado en junio de 2007, y que culminó esta primera etapa en abril de este año con la presentación de un documento de acuerdo entre todos los actores que participaron en el mismo-, cabe destacar a continuación, algunos aspectos modificativos de la presente normativa, que están contenidos en un proyecto de ley, que en estos dÃas está en el parlamento.
1) Jubilación Común
Todas aquellas personas que tengan 60 años de edad o más y 30 años de servicios reconocidos ante el BPS y no llegan a los 35 años trabajados (según pide la ley actual n° 16.713), podrán acceder a la jubilación.La tasa de reemplazo (porcentaje aplicado sobre el promedio de sueldos) variará entre el 45 y el 49% (entre 30 y 34 años de servicios) para los/las beneficiarios/as de 60 años y aumentará progresivamente cuanto más sea la edad de la persona.
2) Jubilación por Incapacidad fÃsica total y subsidio transitorio por incapacidad parcial
Se elimina la exigencia de los seis meses de actividad inmediatamente previos a la incapacidad, sin interrupciones en ese perÃodo.
Para los casos de incapacidad sobrevenida después del cese de actividad, también se elimina la condicionante de que esa incapacidad tenga que ser adquirida dentro de los 2 años inmediatos de dejar de trabajar o 2 años después del vencimiento de una inactividad compensada (seguro por enfermedad o por desempleo, por ejemplo)
3) Jubilación por Edad Avanzada
Podrá obtenerse esta prestación a partir de los 65 años de edad, en lugar de 70 y 15 de trabajo, como lo determina la normativa vigente desde 1996.
Podrán acceder personas con:
- 69 años de edad y 17 de servicios,
- 68 años de edad y 19 de servicios,
- 67 años de edad y 21 de servicios,
- 66 años de edad y 23 de servicios, para llegar finalmente a personas con
- 65 años de edad y 25 de servicios.
4) Diferente cómputo de servicios para mujeres
El tema de género también se trató en el Diálogo Social en Seguridad Social, determinándose que se tratará en la perspectiva de mediano plazo.No obstante, puntualmente en esta instancia se propone que:se computará a las mujeres un año adicional en los servicios registrados, por cada hijo nacido vivo o adoptado, con un máximo de 5 años.
5) Subsidio de Desempleo Especial
Para personas de 58 y más años de edad, siempre y cuando tengan, además, 28 años de servicios reconocidos.
Podrán ser beneficiarios de esta prestación aquellas/os que hayan estado desocupados por un perÃodo no menor a un año, inmediatos anteriores a la solicitud del beneficio.
Como máximo se pagará por 2 años, es un subsidio por inactividad compensada, siendo computable a todos los efectos jubilatorios.
6) Mayor accesibilidad al Subsidio por desempleo actual
Entre las mejoras a este beneficio, podemos destacar que se elimina la exigencia de 30 dÃas – a partir del dÃa de comunicación por parte de la empresa del ingreso al seguro -, para presentarse ante el BPS y acceder al mismo.
Asimismo se incorpora como causal la reducción de la jornada por despido o suspensión total en uno de los trabajos que tuviera el solicitante; este es un incidente importante, atendiendo a situaciones de multiempleo.
Reduciéndose a 4 meses el tiempo cubierto por Desempleo cuando la causal es suspensión, posteriormente se podrán considerar prorrogas, teniendo la potestad el trabajador aceptarla o considerarse despedido.
Para despedidos con 50 años de edad y más, el beneficio se amplÃa a un año.
Otro avance es que se aumenta el monto mÃnimo de la prestación a 1 BPC (siendo hasta ahora de medio BPC).
Cuando la causal es despido se aumenta el monto en el primer mes siendo decreciente hasta el sexto mes.
Cobrando en el total de dicho perÃodo igual monto que hoy.Un control importante para detectar “abusos†o mal uso del subsidio, es la creación de un registro de empresas que usan la causal “suspensiónâ€.
Los trabajadores consideramos que son importantes avances en este proceso de cambios, que recogen parte de las propuestas del 8vo. Congreso del PIT-CNT, aunque los mismos deberán ser profundizados y sostenidos en el tiempo, siendo aún insuficientes.
Estaremos atentos a que exista continuidad en el Diálogo Social iniciado, en el que las representaciones sociales deberán tener un protagonismo exigente para que lleguemos a una Protección Social , Universal Solidaria y sin Lucro.
Palabras clave: BPS, jubilacionesEntradas interesantes
También te pueden interesar estas entradas:

1 compañero comentó en: Flexibilización en prestaciones de Seguridad Social
Seguir commentarios rss o dejar el TrackbackMe parece que la proteccion social no deberÃa genrar ningun lucro porque entonces donde está el respecto por la dignidad humana, ella deberÃa ser universal y solidaria.
Y vos, qué opinás?