Vuelven al FONASA 2500
En el mes julio el Directorio propuso al Poder Ejecutivo que para todos aquellos que se jubilaron antes de enero de 2008 y por la ley 16.713 tenían la cuota mutual (hoy cuota salud), y la habían perdido por diferentes razones (aumentos diferenciales, prima por edad o por pensión viudez), volvieran a tener ese derecho.
Esta situación era muy injusta dado que perdía un derecho adquirido por la mejora económica que a posteriori tenían, por lo que debía corregirse por decreto, como así se hizo.
Los y las jubiladas, que estén dentro de los parámetros detallados más arriba, pueden solicitar nuevamente este derecho, teniendo plazo hasta el 12 de enero de 2010 para ello.
Los casos fueron detectados por el BPS y en el recibo de cobro para noviembre, viene con una inscripción referente al tema.
Soluciones habitacionales
Se comienza un Programa de Soluciones Habitacionales, donde no sólo se tiene en cuenta la construcción de viviendas, sino también otras posibilidades, que le den respuestas más rápidas a las urgencias, como por ejemplo los alquileres. Para estos casos, el BPS paga el alquiler y los gastos comunes al arrendatario a través de la Contaduría General de la Nación, hasta un máximo de $ 5.171. En tanto que el jubilado o jubilada o pensionistas viudez, deberán hacerse cargo de los gastos de luz, agua, teléfono, tributos municipales. Asimismo y como otra opción, el BPS realizó un convenio con MEVIR, dónde ésta arrienda al organismo las viviendas destinadas a los pasivos.
Se cuenta con unos 300 inscriptos a estos efectos, a los que se les dará en los próximos días, solución a su problema de vivienda.
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Seguir commentarios rss o dejar el TrackbackHola, me suscribi hace un tiempo , y sigo con interes los distintos temas referidos a los trabajadores o jubilados .
En esta ocasion me voy a referir al beneficio que tienen entre otros de la vivienda los jubilados y pensionistas . Hace mucho tiempo atras año 1997 - 1998 aprox acompañe a mi mamá a anotarse en tal beneficio , mi mamá en aquella epoca era solamente pensionista , un beneficio de su papa por ser hija soltera , por supuesto en aquel momento la anotaron , ud queda a la espera le dijeron para cuando se empiecen a entregar , eso constaba tambien de una carga a favor por la edad , si padecia alguna enfermedad etc . Bien , cuando mi mamá se jubila se pasa del monto sin saberlo , cuando al tiempo fuimos a averiguar en que estaba tal beneficio de la vivienda nos dijeron que la habian borrado por juntarse la pension y la jubilacion y pasarse del monto estipulado para dicho beneficio . Yo entiendo todo , ya estuve averiguando por todos los lados pertinentes y se que aun pasandose un peso no tiene derecho .
Pero si quisiera pedirles a los que desde su lugar pueden hacer algo , que vieran que el tope no es tan alto , mi vieja se pasa por unos $u 500 y tampoco me parece que sea un ingreso elevadisimo como para no merecer el beneficio de una casita , su apto fue vendido ,yo la ayudo a pagar su alquiler , pero soy sola a trabajar con dos hijos jovenes , estudiando y a veces no me da para todo , solo pido que la persona que pueda abogar por una suba de los topes para poder acceder con mas soltura al beneficio lo tenga en cuenta , desde ya muchas gracias , tenemos todo en orden con mi vieja somos buenas pagadoras , buenas vecianas ,en fin personas de trabajo , desde ya muchas gracias y valoro mucho este espacio , saludos cordiales y Adelante !!!. Nora
quisiera saber mi madre es jubilada y alquila podrian informarme si tiene derecho a vivienda por ser jubilada y se encuentra sola
Y vos, qué opinás?