Sin duda que a esta fecha –1° de Abril de 1996-, podemos identificarla como la de un antes y un después para la cobertura que tendrá luego de una vida laboral cada trabajador/a de nuestro país.
Recordar que solo están obligados a afiliarse a una AFAP, aquellos que, siendo menores de 40 años de edad a esa fecha, algún mes cobren -a valores de hoy-, $ 22.229 y de oficio el BPS les designa una Administradora.
Por lo tanto si por horas extras , incentivos, partidas extraordinarias, un mes supera ese monto queda afiliado en forma obligatoria; los demás no están obligados, aunque le han dicho media verdad y la mayoría de los más de 930000, son afiliados “voluntarios”.
En este trabajo, pretendemos analizar otro de los perjuicios que contiene la ley 16713, que fundamenta otro de los cuestionamientos que hacemos al actual sistema y refiere al cálculo jubilatorio por el pilar de reparto que pagará el BPS.
Teniendo al igual que en el pilar de capitalización las contribuciones definidas, sabiendo que el aporte es en relación al salario, también en el pilar de reparto la prestación es definida. Mientras que en el de capitalización es indefinida, depende de cuánto y cuándo se transfieren mis aportes a la AFAP, cuánto me ha de cobrar de comisión, qué resultados tendrá la inversión y un tema poco conocido cuánto me ha de cobrar la Aseguradora que me pagará el “beneficio”.
Pero hoy pretendemos informar cómo es el cálculo en el BPS
La ley dice que el sueldo básico jubilatorio es determinado por el promedio de los mejores 20 años de trabajo, comparados con los últimos 10 años, otorgando -de ser mejor los últimos-, el promedio de los mejores 20 más un 5%.
A esto se le aplica la tasa de reemplazo ( porcentaje de jubilación) que corresponda.
Tomaremos de ejemplo a una persona que tiene 63 años de edad y 40 de trabajo a quien le corresponde un 60% de tasa de reemplazo.
La ley nos impone que sólo se debe tomar para aplicar este cálculo, los salarios hasta el tope del primer nivel, es decir $ 22.229. Entonces un trabajador que sus mejores 20 años son anteriores a 1996, donde aportaba el 100% de su salario al BPS -ya que no existía el sistema mixto-, igual se le impone este tope, aunque el promedio sea superior a este monto.
Vaya injusticia, si el promedio que le corresponde -actualizado a hoy es $30.000-, este trabajador perderá mensualmente $ 4.662 al jubilarse, ya que ha de cobrar $13.337 y no $18.000.
Por el segundo pilar no es posible saber cuánto ha de cobrar, por lo que anteriormente decíamos, que es indefinida la prestación.
Hoy nos han planteado este tema, aun más agravado, trabajadores con actividades bonificadas, de ANCAP, DIQUE NACIONAL, UTE, PESCA y DOCENTES.
Porqué se agrava?, por ser de riesgo la actividad que desarrollan hay que retiralo de la vida de trabajo en forma anticipada, bonificando los años de servicios y la edad.
Ya vimos qué les pasa en el pilar solidario, pero qué sucede en el otro pilar, el de capitalización. Han aportado menos años, por lo que en su cuenta individual los fondos no son suficientes, más allá de que se debe pagar un aporte extraordinario que va a su cuenta desde 1997 y todo esto compone el fondo que se tiene en cuenta para otorgar el beneficio. Salvo en los sectores que tienen exoneración de aportes patronales es plus no existe.
Para el cálculo se toma en cuenta la tasa de mortalidad que creó el Banco Central, no la real, la que elabora el INE, que presume una expectativa de vida mayor para este universo de personas.
Pero injustamente, no se toman en cuenta para el cálculo jubilatorio, los años de edad fictos a los cuales llegó por la actividad bonificada, sino los reales, por lo tanto ha de cobrar mucho menos también por el sistema de ahorro individual.
Cómo -con estos ejemplos claros-, quienes tienen en sus manos la conducción del país, no se dan cuenta de la brutal injusticia que este sistema encierra y por lo tanto la necesidad de convocar al Diálogo Nacional de Seguridad Social, tan anunciado pero aún no convocado, para construir los cambios necesarios.
Mientras tanto seguiremos dedicando todos nuestros esfuerzos para sensibilizar, informar, divulgar y seguir construyendo la Seguridad Social nuestra, la solidaria y sin lucro.
ARIEL FERRARI
Director del BPS en Representación de los Trabajadores
Junio de 2010.
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