A PARTIR DE JULIO 2009
Jubilación Común
Todas aquellas personas que tengan estos requisitos, podrán acceder a la jubilación común:
60 años de edad o más
30 años de servicios reconocidos ante el BPS que no lleguen a los 35 años trabajados (período cotizado, que solicita la ley actual n° 16.713).
La tasa de reemplazo (porcentaje aplicado sobre el promedio […]

